derechos 10

Otorgamiento de Suministro

El cliente tiene derecho a que se le otorgue el servicio de energía eléctrica dentro de la zona de concesión o llegando a dicha zona con sus propias líneas, en un plazo no mayor de un año y que tenga carácter de servicio público de electricidad, siempre y cuando cumpla con los requisitos necesarios y no tenga deudas pendientes de pago.


Opciones Tarifarias

Los usuarios podrán elegir libremente cualquiera de las opciones tarifarias. Salvo acuerdo con las empresas de distribución eléctrica, la opción tarifaria tomada por los usuarios regirá por un plazo de un año. Si no existiera solicitud de cambio, se renovará automáticamente por períodos anuales, manteniendo la opción tarifaria vigente. El usuario podrá cambiar de opción solo una vez durante el período de vigencia del contrato para lo cual deberá cumplir los requisitos mínimos para la medición de los consumos de la nueva opción tarifaria.


Reconexión

El cliente tiene derecho a que se le reponga el suministro eléctrico en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas luego de haber sido superada la causa que motivó el corte del servicio y de haber abonado los importes adecuados.


Intervenciones

El cliente tiene derecho de recibir un aviso previo a cualquier intervención, inspección o manipulación del medidor.


Facturación

El cliente tiene derecho al beneficio de la ley que establece la facturación y forma de pago de servicio de energía y saneamiento de uso común.